Cambios clave en las leyes de copyright digital en México

16 / abril / 2025

Derivado de la entrada en vigor del Tratado de Libre Comercio entre México, Estados Unidos de América y Canadá (T-MEC), se han llevado a cabo modificaciones importantes en propiedad intelectual, por lo que el 1 de julio de 2020, fecha en que entró en vigor el T-MEC, se publicaron en el Diario Oficial de la Federación reformas a la Ley Federal del Derecho de Autor y el Código Penal Federal, asimismo se deroga la Ley de la Propiedad Industrial y se expide la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial.

Las principales modificaciones son las siguientes:

Reformas a la Ley Federal del Derecho de Autor (entrada en vigor el 2 de julio de 2020):

  • Se precisa que los titulares de derechos patrimoniales podrán autorizar o prohibir la exhibición, acceso y puesta a disposición del público de sus obras por medios tecnológicos
  • Se agrega al Título IV de la Protección al Derecho de Autor un capítulo V de Medidas Tecnológicas de Protección, la Información sobre la Gestión de Derechos y los Proveedores de Servicios de Internet, y se establecen infracciones relacionadas con las mismas
  • Se establece que un contenido en internet debe darse de baja si es que un tercero lo solicita bajo el argumento de que viola sus derechos de autor
  • Se aplican multas más cuantiosas por la comisión de infracciones en materia de derechos de autor y de comercio y, por violaciones a los derechos de autor contenidos en la ley